CDMX
Martes 20 de Abril de 2021
Juan Pablo Gómez Fierro, Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, resolvió como favorable la solicitud de Suspensión Provisional a la reforma al artículo 180 quater de la ley Federal de Telecomunicaciones que obligaría a partir del pasado 19 de Abril a todos los usuarios de la telefonía móvil a proporcionar todos sus datos personales e incluso biométricos, como el registro de huella digital, iris y reconocimiento de rostro, para poder acceder al uso de un teléfono móvil personal.
El Juez consideró que la solicitud de Suspensión presentada por un particular, es procedente porque entre otros puntos, la exigencia de los datos personales puede ser lesivo para los usuarios y no proporciona ningún tipo de beneficio al propio usuario.
El mismo Juez abrió un período para alegatos por parte de las partes, en caso de que existieran, hasta el 27 de este mismo mes de abril.
Según la ley que había entrado en vigor el lunes de esta semana, cualquier persona que adquiriera un teléfono celular, tendría primero que proporcionar nombre, dirección, datos personales de identificación oficial, además de someterse a medidas técnicas de identificación del iris, rostro y huellas digitales.
Respecto a los usuarios que ya tienen una línea celular, a partir del mismo 19 de abril, inició un período de hasta 2 años máximo, para cumplir con el requisito, pero en caso de no hacerlo, al término del período, su línea simplemente será suspendida.
No hay comentarios:
Publicar un comentario